El pasado 18 de mayo la procuraduría capitalina, solicitó el arraigo de cinco personas que laboraban en Casa Adulam A.C., por los delitos de trata de personas, corrupción, tráfico de menores, violación, aborto y delincuencia organizada; esto ante la denuncia de cuatro mujeres entre ellas, tres menores de edad de 16 y 17 años, quienes denunciaron que sus hijos les habían sido arrebatados y puestos en adopción, además de haber sido abusadas sexualmente y obligadas a realizar a trabajos forzados. Entre los rescatados hay 16 niñas, 11 niños, seis mujeres adultas y cuatro varones mayores de edad, entre ellos hay hermanos, así como madres y un padre con hijos. Las autoridades investigan los vínculos de esta red en al menos otras tres entidades, como Hidalgo, EdoMex y Guerrero.
Estos acontecimientos no son un caso de excepción, ya que en realidad no se cuentan con mecanismos de seguimiento a niños y niñas privados de su entorno parental de manera temporal. Lo ocurrido en Casa Adulam es un caso más que da muestra de la poca atención que presta el Estado, ya que se continúa sin normatividad ni procedimientos adecuados en materia de albergues Mexicanos.
En las observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño realizadas a México en 2006,(1) como en las directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños(2) recomiendan que se deben garantizar los derechos de niñas y niños privados del entorno familiar a través de reglamentos o programas y de las revisiones periódicas a las instituciones donde se encuentren.
Una de las claves para que esto deje de suceder es reconocer las omisiones que las autoridades están teniendo frente a estos casos es así que ni la Ley Federal de Asistencial Social ni la NOM-167-SSA1-1997 que regulan a las instituciones que desarrollan servicios de asistencia social temporal y permanente, garantizan la atención integral de calidad de niños y niñas, dejando abierta la posibilidad de violaciones de sus derechos; y la arbitrariedad y discrecionalidad en cuanto al cuidado proporcionado, favoreciendo que se repitan situaciones de la misma gravedad.
La ausencia de responsabilidad financiera y de supervisión por parte del Estado crea un gran vacío que ha sido aprovechado por grupos que pueden tener perspectivas alejadas de la protección de los derechos de estos niños y niñas, e incluso intenciones delictivas.
Cabe mencionar que la reciente Norma PROY-NOM-032-SSA3-2009, “Prestación de Servicios de Asistencia Social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad”, la cual está en periodo de consulta, prioriza la seguridad del estado físico, no así la supervisión y el seguimiento de los servicios ofrecidos a niños y niñas que garanticen calidad y sobre todo respeto a derechos humanos.
Es desde este marco que demandamos:
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A las autoridades correspondientes la elaboración de un padrón público donde se documente la existencia de cada uno de estos albergues.
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Que los Sistemas DIF federales y estatales así como las procuradurías rindan informes públicos sobre el número, lugar y situación de los niños y niñas en albergues temporales y aquellos atendidos en las agencias especializadas.
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Recordamos la necesidad de construir protocolos y procedimientos para la canalización de niños y niñas a albergues temporales.
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Que las autoridades en los órdenes federal, estatal y municipal establezcan mecanismos de planeación, ejecución y supervisión de las políticas públicas dirigidas a la infancia privada del cuidado parental que incluya la participación real de las organizaciones de sociedad civil y de niñas y niños.
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Que se informe sobre la situación y avances en las investigaciones realizadas para el esclarecimiento de las actividades de los responsables de “Casa Adulam” y los otros albergues vinculados, fincando las responsabilidades penales que correspondan.
México D.F., 28 de Mayo de 2010.