Cabecera Derechos en serio
Mayo-junio 2007  

Documentos y sitios de interés

La Convención de los Derechos del Niño

El Comité de los Derechos del Niño de la ONU

El trabajo del defensor de los derechos de la infancia
(documento en pdf)

Defensoría del Niño y el Adolescente: Perú

Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia ODI: México

Archivo

Red por los Derechos de la Infancia en México

Toque de queda en Chihuahua


El programa “Después de las 10 en casa es mejor”, en marcha en Ciudad Juárez, Chihuahua desde mayo, consiste en detener a las personas menores de 18 años de edad sorprendidas en la calle después de las 10 de la noche, sin justificar que vienen de la escuela o el trabajo con una credencial o gafete. Los policías municipales transladan a los detenidos a la estación de la Secretaría de Seguridad Pública, donde permanecen hasta ser recogidos por sus padres.
Hasta el 24 de junio hubo mil 172 detenidos, entre ellos dos niños de 8 y 11 años. La información proviene del boletín informativo "Hoy con la Infancia" de la Red por los Derechos de la Infancia en México. Nota original en La Crónica de Hoy.

Por qué se violan los derechos de niños, niñas y adolescentes

Desde el punto legal, el toque de queda es violatorio de las garantías y leyes, al restringir el tránsito a un grupo de la población sólo por ser menor de 18 años. Se violan los articulos 1° constitucional y el 5 fracción II del Código del Menor del Estado de Chihuahua, que prohíben “toda discriminación motivada por (...) la edad, que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas".

La autoridad incumple varios artículos constitucionales: el 11º, que establece la libertad de tránsito y el derecho de trasladarse dentro del país sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos, el 29º, donde se aclaran los casos en los que es posible suspender alguna garantía constitucional, el , que habla acerca de la obligación del estado de respetar a la infancia y sus derechos y el 16º, que establece la necesidad de una orden judicial para detener a cualquier persona.

Tampoco reconoce la Convención sobre los Derechos del Niño, en particular el artículo 1 sobre la No Discriminación, el artículo 11 sobre retenciones y traslados ilícitos, el artículo 12 respecto a la opinión de la infancia, y el artículo 19 sobre la protección contra los malos tratos.

El Comité de los Derechos del Niño de la ONU recomienda

• Adoptar medidas que prevengan y eliminen todo tipo de violencia institucional, especialmente la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes;

• Investigar debidamente los casos de violencia y abuso contra niños a fin de evitar que los autores permanezcan en la impunidad;

• Encaminar sus esfuerzos por capacitar a profesionales que trabajan con los niños para mejorar su situación, incluidos los agentes del orden, los asistentes sociales, los jueces y el personal sanitario, para que puedan identificar, denunciar y gestionar los casos de tortura y otros castigos o tratos inhumanos o degradantes.

Acciones de las organizaciones promotoras del respeto y protección de los derechos de la infancia

• Interponer una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Chihuahua.

• Elaborar un pronunciamiento para solicitar a los tomadores de decisión el cese de este tipo de medidas, ya que está comprobado que no funcionan.

Participa con nosotros

Si estás interesado en firmar la petición respecto a esta medida, envía tus datos a defensasocial@derechosinfancia.org.mx

 

Red por los Derechos de la Infancia en México
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